En la actualidad y ante la situación de emergencia internacional a causa de la covid-19 se ha demostrado más si cabe la imperiosa necesidad de contar con un sistema de salud pública con las mejores garantías posibles para arreciar el derecho a la sanidad universal en cualquier circunstancia. Los aplausos a las trabajadoras y trabajadores del sector sanitario que siguen haciendo frente a la situación no tienen que quedar en una muestra esporádica de apoyo y se tienen que arreciar en medidas políticas que refuerzan sus condiciones de trabajo y que en última instancia garantizan el servicio a la ciudadanía.
Esta crisis sanitaria de enormes magnitudes ha vuelto a demostrar que es la sanidad pública la que en primera y última instancia garantiza la práctica totalidad del peso del derecho a la sanidad de la ciudadanía en cualquier circunstancia. Esta crisis ha visualizado como los recortes y privatizaciones en el sector sanitario pueden provocar efectos devastadores ante situaciones de especial riesgo. Esta crisis ha demostrado que los servicios públicos y la fuerza de las instituciones que los sustentan son en la hora de la verdad la mayor garantía de los derechos de la ciudadanía.
El artículo 25.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos garantiza a toda persona el derecho a la sanidad, tal como reconocen también la Carta Social Europea y la Constitución española. Sin embargo, los marcos de gran consenso jurídicos tienen que actualizarse para blindar los recursos y los derechos que se derivan de la sanidad pública. Más bien al contrario, en la última década hemos visto la modificación de cartas magnas como la Constitución Española para modificar artículos como el 135 que han legitimidad un descenso de recursos en la sanidad pública y otros servicios públicos como la educación en beneficio de un auge privatizador de servicios que como se ha visto estas semanas posa en peligro vidas y derechos fundamentales.
Todo esto contribuiría a dar pleno sentido a elementos tan importantes como la definición del artículo 1.1 de la Constitución, que califica el Estado español como “social”; y que como tal es exhortado en el artículo 9.2 a ordenar a los poderes públicos a aplicar las medidas porque la libertad y la igualdad sean reales y efectivas. El Estado social es, entonces, un compromiso específico en la lucha por los valores del ordenamiento que obliga a todos los poderes locales, autonómicos o del Estado central. En la actual crisis, la salvaguardia de la salud como un factor esencial de igualdad es una necesidad que permite a la ciudadanía recuperar la esperanza, la confianza y favorecer la cohesión social.
Miedo todos estos motivos, proponemos al plenario del ayuntamiento de Teulada que adopte los siguientes acuerdos: